Nueva Escala de Asignaciones por Categorías Mínima y Unificada para todos los trabajadores Municipales de la Provincia de Santa Fe
Acuerdo Paritario del 23/04/08
Categoría |
Asignación
de la Categoría |
8 |
782,60 |
9 |
842,58 |
10 |
873,86 |
11 |
928,65 |
12 |
975,60 |
13 |
1038,21 |
14 |
1116,47 |
15 |
1218,21 |
16 |
1406,03 |
17 |
1445,16 |
18 |
1523,42 |
19 |
1979,92 |
20 |
2052,96 |
21 |
2180,78 |
22 |
2272,08 |
23 |
2420,77 |
24 |
2530,34 |
Este acuerdo salarial incorpora a la asignación de la categoría todas las cifras no remunerativas, remunerativas no bonificables y cualquier otra cifra en negro que se esté abonando posterior al acta acuerdo del 8 de Mayo de 2006, hasta alcanzar la escala convenida en la presente (6ta. Etapa FESTRAM + 20,4%).
Ningún trabajador podrá percibir un incremento inferior de bolsillo de $240, excluyendo horas extras y asignaciones familiares.
Los puntos anteriores se abonarán el 50% con los salarios del mes de Abril y el 50% restante en el mes de Julio del corriente año.
Se eleva la Ayuda Escolar a $170 para el ciclo lectivo 2008.
Se ratificó que la Paritaria Municipal fija los Salarios Mínimos y no se podrán reducir los Montos de las Asignaciones de las Categorías que se vienen percibiendo en aquellos municipios que superan el presente acuerdo. Igualmente, en estos casos, también percibirán un incremento mínimo de bolsillo de $240.
El Acta fue ratificada por los paritarios de las MMyCC de Vera, Rosario, Santa Fe, Granadero Baigorria, Venado Tuerto, Coronda y Gregoria P. de Denia y por los paritaios de FESTRAM de Santo Tomé, Rosario, Coronda, Cañada de Gómez, Las Rosas, Santa Fe, Rafaela y Roldán.